jueves, 14 de mayo de 2009

EXITOSO REMATE DE EXCEDENTES INDUSTRIALES



Tal como lo habíamos anunciado, el día Domingo 10 de Mayo de 2009, se realizó el remate de los denominados excedentes industriales, con gran éxito y superando las expectativas que se tenían. Si bien aún no se conoce con certeza el monto exacto obtenido en el remate, el cual sólo será informado por el señor Síndico de Quiebras, don Patricio Jamarne Banduc, con fecha 28 de Mayo de 2009, se tienen cálculos preliminares que arrojarían aproximadamente a pago la cantidad de $800.000.000.- (Ochocientos millones de pesos).
Dentro de la semana se están realizando diversas reuniones, a fin de definir el monto total a pagar a los trabajadores, toda vez que el Banco Meridiam, a exigido como condición de venta de la planta y de la Mina, el que previamente se ponga fin a los juicios laborales, tanto los seguidos en contra de Compañía Minera Punitaqui S.C.M., como de Compañía Minera Los Mantos S.C.M. y de Compañía Minera Tamaya S.C.M.
Las bases preliminares, sobre las cuales se discuten los acuerdos laborales, implican básicamente el reconocimiento de la deuda de los siguientes conceptos:
1- Remuneraciones del mes de Noviembre de 2008.
2- Remuneraciones del mes de Diciembre de 2008.
3- Remuneraciones de 3 días de Enero de 2009.
4- Remuneración de Aviso Previo o desahucio.
5- Feriados legales y proporcionales adeudados.
6- Indemnización por años de servicio. (Debemos recordar que este concepto se encuentra sujeto a los topes preferentes de la ley de quiebras, que hoy asciede a un máximo de $477.000.- por año de servicio, equivalente a tres ingresos mínimos y que posiblemente el día 1 de Julio, fecha en que todos los años cambia el ingreso mínimo, quede en la cantidad de $524.000.- aproximados, por año de servicio).

Las prestaciones reconocidas adeudar, se pagarían en la medida que existan fondos disponibles en la quiebra, por lo que se espera que aproximadamente el día 15 de Junio de 2009, se realicen los primeros pagos y abonos a las remuneraciones adeudadas de los meses de Noviembre y Diciembre de 2008.
Según lo propuesto, los trabajadores deberán renunciar a la demandada, respecto de las remuneraciones ocasionadas por la denominada Ley Bustos, que como ya hemos señalado en otra oportunidad, existen numerosos fallos, que han resuelto, que estas no proceden respecto de las empresas en quiebra. Igualmente los trabajadores, deberán renunciar a los aumentos de las indemnizaciones por años de servicio.
Respecto de estas renuncias es necesario hacer presente, que en el evento de insistir en la cobranza de estas prestaciones, se debería seguir el juicio por al menos dos años más, toda vez que tanto el Síndico de Quiebras, como las demás empresas demandadas a saber Compañía Minera Los Mantos S.C.M. y Compañía Minera Tamaya S.C.M., ha manifestado su intención de llegar hasta la Corte Suprema, en caso de llegarse a un acuerdo.